A través de un decreto cambió el criterio utilizado para el cálculo del monto de las indemnizaciones por incapacidad laboral definitiva o muerte del trabajador establecido en Ley N°24.557 que regula el Sistema de Riesgos de Trabajo.
La medida tomada, además, dispone que las ART no podrán rechazar la cobertura y deberán adoptar los recaudos necesarios para que la trabajadora o el trabajador damnificado reciba tratamiento inmediato.